viernes, 29 de julio de 2016

AYUDAS EN CASO DE AGOTARSE EL PARO



Los años de crisis han hecho estragos en muchas familias. Los últimos datos indican que hay todavía 3,7 millones de parados. Ha descendido, sí, pero aún son muchos los hogares donde faltan esos sueldos. España es el segundo país con mayor tasa de desempleo de la eurozona, solo está por delante Grecia. Y hay más de 2 millones de parados de larga duración… ¿Qué puede hacer un parado cuando ha agotado la prestación por desempleo?




Acogerse al subsidio
Cuando ya se ha perdido el derecho a la prestación contributiva por desempleo, o cuando ni siquiera se ha llegado a adquirir por falta de tiempo de cotización, hay un subsidio al que un parado se puede acoger: la ayuda de los 426 euros.
Hay distintas modalidades dentro de esta ayuda, cada una con sus requisitos, pero uno de ellos es común a todas: no se han de tener unos ingresos brutos propios superiores a 491,40€ mensuales. Estas son el resto de condiciones en función de la modalidad de subsidio:

  • Por agotamiento de la prestación contributiva. Hay que llevar un mes apuntado como demandante antes de solicitarlo. Si se es menor de 45 años, se han de tener responsabilidades familiares; si se es mayor de esta edad, no es necesario cumplir con esto para poder cobrar la ayuda. Los menores de 45 años podrán llegar a disfrutar de la ayuda durante 18 a 24 meses. Los mayores de 45 pueden cobrar el subsidio durante 6 a 30 meses. Todo depende de las cargas familiares y de cuándo se haya agotado la prestación contributiva.
  • Por pérdida de empleo. Hay un mínimo de días que se deben haber cotizado, entre 180 y 359 días si no se tienen responsabilidades familiares y entre 90 y 179 días si se cuenta con ellas. Para cobrar esta modalidad, se debe haber perdido el trabajo de forma involuntaria. El periodo durante el que se cobrará el subsidio puede ir desde los 3 a los 21 meses, dependerá del tiempo que se haya trabajado.
  • Para mayores de 55 años. Aquí uno de los requisitos fundamentales es haber reunido todas las condiciones para poder disfrutar de la jubilación, salvo una: la edad. Otros requisitos que se exigen son haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral o bien que se haya sido fijo-discontinuo o se agotara una prestación contributiva para eventuales agrarios. El tiempo durante el que se percibirá esta ayuda es hasta la edad de jubilación.
  • Otros subsidios. Hay colectivos especialmente desfavorecidos para los que se ha destinado la ayuda de los 426 euros. Se trata de trabajadores emigrantes retornados, liberados de prisión y personas que hayan tenido una incapacidad permanente y se la hayan revisado por mejoría. En estos casos la duración del subsidio será de 6 meses, prorrogables a 18 meses si se solicita.
Si se quiere cobrar esta prestación en cualquiera de sus modalidades, no se debe olvidar algo importante: hay que estar inscrito como demandante de empleo tanto a la hora de solicitar la ayuda como durante el tiempo que se perciba.

Programa renta activa de inserción: el RAI
El RAI es un programa dirigido a desempleados de larga duración que tengan 45 años o más, a personas con un grado de discapacidad del 33% o más, a emigrantes retornados y a víctimas de violencia de género o doméstica. Se trata de una ayuda que puede solicitarse si se ha dejado de cobrar el paro y se ha agotado también el subsidio por desempleo. Para cada caso hay una serie de requisitos que se detallan de una forma muy práctica en la web del SEPE.
La cuantía es, como la anterior, de 426 euros también, y se puede complementar con otras cantidades o combinarla en parte con otros ingresos en el caso de ser víctima de violencia de género, si se comienza a trabajar por cuenta ajena o si se empieza a trabajar por tiempo parcial. La duración de la ayuda es de 11 meses.

Agotar el paro no significa agotar todas las ayudas. Hemos expuesto las de carácter estatal, pero también puedes recurrir a los servicios sociales de tu comunidad para tratar de encontrar una forma de salvar tu situación o, al menos, de ayudar a paliarla.

No hay comentarios:

Publicar un comentario